La confidencialidad es un pilar inquebrantable en el psicoanálisis, arraigado tanto en la ética profesional como en el marco legal. Este principio, que garantiza la privacidad del paciente, es esencial para fomentar un espacio seguro y confiable donde la persona pueda expresarse libremente.
Marco Legal
Vivimos en una sociedad en la que la privacidad ya no es lo que era, y la intimidad de una persona es, en estos tiempos posmodernos, uno de los bienes jurídicos más difíciles de delimitar y proteger por el Derecho. Es un ámbito personal, privado e interior, con el carácter de irrenunciable, inalienable e imprescriptible.
La protección de la intimidad, consagrada en la Constitución Nacional y en diversas normativas nacionales e internacionales, impone a los profesionales de la salud un estricto deber de secreto. Revelar información confidencial sin justa causa está penado por la ley y constituye una violación grave de los derechos del paciente, como se establece en el Código Penal.
La Ley 23.277 de Ejercicio Profesional de la Psicología y la Ley 26.529 de Derechos del Paciente establecen claramente la obligación de guardar secreto sobre cualquier información obtenida durante la terapia. Códigos de ética de diversas asociaciones profesionales, como la Asociación Psicoanalítica Internacional (IPA) y la Federación de Psicólogos de la República Argentina (FEPRA), refuerzan este compromiso.
Si bien el deber de confidencialidad es absoluto, existen excepciones limitadas y estrictamente reguladas (justa causa). En situaciones de riesgo para la vida o la integridad del paciente o de terceros, el psicoanalista puede estar obligado a romper el secreto. Sin embargo, esta decisión debe tomarse con cautela y responsabilidad, evaluando cuidadosamente la gravedad de la situación, reconociendo las tensiones entre la exigencia de mantener el secreto y la obligación de denunciar. La única otra excepción es que el paciente autorice la divulgación del material confidencial, en cuyo caso lo debe hacer por escrito.
En el caso de niños, adolescentes y personas vulnerables, el profesional debe sopesar el bienestar del paciente frente a la obligación de mantener el secreto. Si existe evidencia de abuso o maltrato, el psicoanalista puede estar obligado a denunciar el hecho a las autoridades competentes.
Aspectos Éticos
Más allá del cumplimiento legal, la confidencialidad es una responsabilidad ética del profesional. Los dilemas éticos surgen al evaluar los límites de la confidencialidad en situaciones clínicas complejas. El psicoanalista debe sopesar cuidadosamente el derecho a la privacidad frente a otros derechos, como el derecho a la vida, o a otras opciones de tratamiento. El analista debe resguardar también el material de su paciente en casos de interconsulta con otros profesionales, aunque entonces hay que evaluar qué es más importante para él, si preservar el secreto o las consecuencias perjudiciales que de ello se derivarían.
La confianza del paciente se va construyendo durante el proceso y se basa en la responsabilidad que toma el analista de preservar la confidencia; permitirá la asociación libre y la atención flotante.
La dinámica de la transferencia y contratransferencia y la asimetría en el dispositivo psicoanalítico pueden afectar la capacidad del analista de respetar la confidencialidad. Es importante tomar conciencia de este problema ya desde la formación. El análisis del analista, la supervisión o el trabajo de reflexión permanente con colegas en espacios íntimos son resguardos para revisar los puntos ciegos del analista, sus necesidades narcisísticas, las angustias que surgen ante los obstáculos en la cura, y la soledad del trabajo clínico. Estas cuestiones pueden interferir con la posición del analista, con la abstinencia y este punto específico de la confidencialidad.
Aspectos técnicos – El uso del material clínico
El intercambio de experiencias clínicas es fundamental para el desarrollo del psicoanálisis y de los psicoanalistas, tanto en la formación, como en las supervisiones, en las publicaciones y en las actividades científicas Sin embargo, la necesidad de compartir conocimientos debe conciliarse con el respeto por la privacidad del paciente.
Existen dos estrategias principales para abordar este dilema:
- El disfraz: Consiste en modificar los datos personales del paciente para proteger su identidad. Sin embargo, esta técnica puede resultar insuficiente, especialmente cuando se comparten detalles clínicos específicos, como un sueño.
- El consentimiento: Implica obtener la autorización expresa del paciente para utilizar su material clínico con fines académicos o de investigación. No obstante, esta opción plantea interrogantes éticos sobre la influencia que el pedido de este consentimiento podría tener en la dinámica de la transferencia/contratransferencia
En las convocatorias a presentación o publicación de trabajos, se suele solicitar que se declare que se respeta el secreto profesional, y que el autor aclare qué método usó (disfraz o consentimiento o ambos).
Ambas opciones tienen sus desafíos y limitaciones. No hay una recomendación que se pueda generalizar a todos los analistas y todos los pacientes. Las instituciones tienen la responsabilidad de generar una “Cultura de la Confidencialidad”, haciendo que en cada actividad en que se comparta material, se promueva la protección del derecho a la intimidad.
Desafíos Contemporáneos
La tecnología ha introducido nuevos desafíos a la confidencialidad en psicoanálisis. Las terapias a distancia, por ejemplo, plantean interrogantes sobre la seguridad de los datos y la privacidad del paciente. Los riesgos corren para el paciente, por quedar expuesta su intimidad, y también para el analista, por el incumplimiento del secreto profesional.
Conclusión
La confidencialidad es un principio esencial, pero también complejo y lleno de matices. Los psicoanalistas deben estar constantemente atentos a los desafíos que plantea y buscar soluciones que garanticen la protección de la intimidad del paciente, sin dejar de lado la importancia del intercambio científico.